El RIPCI, Real Decreto 513/2017 de 22 de mayo, es el Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios vigente en España. Establece las condiciones que deben reunir los equipos, los requisitos de las empresas que los instalan y mantienen, y las operaciones de mantenimiento obligatorias con su periodicidad exacta. Si tiene extintores, detectores, bocas de incendio equipadas, sistemas de rociadores o cualquier otro equipo de protección contra incendios en su establecimiento, el RIPCI le afecta directamente. En esta guía le explicamos qué exige para cada tipo de equipo, cada cuánto y quién puede hacerlo.
Qué es el RIPCI y a quién afecta
El RIPCI derogó y sustituyó al anterior Real Decreto 1942/1993, que estuvo vigente durante más de dos décadas. Su ámbito de aplicación es muy amplio: afecta a cualquier titular de un establecimiento —local comercial, oficina, nave industrial, comunidad de vecinos con garaje, hotel, restaurante, colegio— que tenga instalaciones de protección activa contra incendios. En la práctica, cualquier negocio que haya obtenido licencia de actividad tiene instalaciones sujetas al RIPCI.
El reglamento regula tres grandes aspectos: el diseño e instalación de los sistemas (que deben realizarlo empresas habilitadas e inscritas en el registro), la puesta en servicio (que requiere documentación técnica y acta de puesta en marcha) y el mantenimiento periódico, que es el punto que más afecta al día a día del titular.
Las empresas mantenedoras: qué habilitación deben tener
El RIPCI establece que el mantenimiento de instalaciones de protección contra incendios solo puede ser realizado por empresas habilitadas e inscritas en el Registro de Empresas Instaladoras y Mantenedoras de Instalaciones de Protección Contra Incendios de la comunidad autónoma correspondiente.
Esto significa que no vale cualquier empresa de mantenimiento general ni un técnico autónomo sin inscripción. Como titular de las instalaciones, tiene derecho a exigir el número de registro antes de contratar. Las empresas habilitadas deben contar además con medios humanos (técnicos con la formación acreditada) y materiales (equipos de comprobación y revisión) suficientes, y deben suscribir un seguro de responsabilidad civil. En Incotex estamos debidamente inscritos y habilitados para realizar estas operaciones en Andalucía. Puede consultarnos en nuestro servicio de mantenimiento de extintores.
Operaciones de mantenimiento de extintores según el RIPCI
El Anexo II del RIPCI detalla las operaciones de mantenimiento para cada tipo de instalación. Para los extintores portátiles y sobre ruedas, el cuadro es el siguiente:
| Operación | Periodicidad | Quién la realiza | Documentación exigida |
|---|---|---|---|
| Comprobación de la accesibilidad, buen estado aparente, seguros, precintos, inscripciones, manguera y presión de servicio | Trimestral | El titular o la empresa mantenedora | Registro en libro de mantenimiento o albarán |
| Comprobación del peso y presión. Inspección ocular del estado de la manguera, boquilla, válvula y partes mecánicas | Anual | Empresa mantenedora habilitada | Certificado de revisión anual |
| Verificación del agente extintor. Comprobación del estado interno del recipiente (examen visual). Prueba de la manguera | Cada 5 años | Empresa mantenedora habilitada | Certificado de retimbrado + nueva etiqueta |
| Prueba de presión hidrostática del recipiente. Sustitución si no supera la prueba | Cada 5 años (coincide con lo anterior) | Empresa mantenedora habilitada en taller autorizado | Certificado de retimbrado |
| Retirada del servicio y sustitución | A los 20 años de fabricación | Empresa mantenedora habilitada | Baja en el registro de instalaciones |

Operaciones de mantenimiento de otros equipos PCI según el RIPCI
El RIPCI no se limita a los extintores. Estas son las periodicidades para los equipos más habituales en establecimientos:
| Equipo / instalación | Revisión trimestral | Revisión anual | Revisión quinquenal |
|---|---|---|---|
| Extintores portátiles | Titular o mantenedora | Mantenedora habilitada | Retimbrado (mantenedora habilitada) |
| Bocas de incendio equipadas (BIE) | Titular o mantenedora | Mantenedora habilitada | Prueba de la manguera |
| Sistemas de detección y alarma | Titular o mantenedora | Mantenedora habilitada | — |
| Rociadores automáticos | Titular o mantenedora | Mantenedora habilitada | Prueba de la instalación |
| Alumbrado de emergencia | Titular o mantenedora | Mantenedora habilitada | — |
| Señalización fotoluminiscente | Titular o mantenedora | Mantenedora habilitada | — |
| Sistemas de extinción fija (CO2, polvo, agentes limpios) | Titular o mantenedora | Mantenedora habilitada | Prueba de estanqueidad |
Si su establecimiento dispone de bocas de incendio equipadas (BIE) o rociadores automáticos, puede consultar el servicio de mantenimiento de sistemas de extinción y el de mantenimiento de sistemas de detección.
La revisión trimestral: qué debe comprobarse exactamente
Aunque la puede realizar el propio titular, es importante saber qué se comprueba para que la comprobación sea válida. El RIPCI especifica para los extintores:
- Accesibilidad al equipo: que no haya objetos bloqueando el acceso ni la visibilidad.
- Buen estado aparente del equipo: sin daños visibles en el recipiente, la manguera ni la boquilla.
- Seguros y precintos intactos: que el precinto no haya sido roto ni la anilla de seguridad manipulada.
- Inscripciones legibles: que la etiqueta del equipo y las instrucciones de uso sean visibles.
- Manómetro en zona verde: la aguja debe indicar presión dentro del rango operativo.
- Señalización correcta: que la señal fotoluminiscente esté presente y en buen estado.
Si alguna de estas comprobaciones revela un problema, debe contactar con la empresa mantenedora habilitada de inmediato, sin esperar a la revisión anual programada.
Documentación: qué debe conservar el titular
El RIPCI obliga al titular a mantener un registro actualizado de todas las operaciones de mantenimiento. Este registro es lo que acredita el cumplimiento ante cualquier inspección y, en caso de siniestro, ante la aseguradora. Los documentos que debe tener en orden son:
- Libro de mantenimiento o registro de revisiones trimestrales, con fecha, resultado y firma del responsable.
- Certificados de revisión anual emitidos por la empresa mantenedora habilitada, uno por cada año y equipo.
- Certificados de retimbrado quinquenal, con el resultado de la prueba hidrostática y la nueva fecha de caducidad estampada en el equipo.
- Contrato vigente con la empresa mantenedora, que acredite que es una empresa habilitada.
- Acta de puesta en marcha de la instalación original (si se tiene; en instalaciones antiguas puede no existir).
En instalaciones con varios equipos —una nave o un edificio con múltiples plantas—, llevar este registro de forma ordenada puede requerir un sistema propio. Muchas empresas mantenedoras, Incotex entre ellas, gestionan este archivo documental como parte del contrato de mantenimiento.
Sanciones por incumplimiento del RIPCI
El incumplimiento de las obligaciones de mantenimiento del RIPCI se regula por la Ley 21/1992 de Industria y sus correspondientes normas autonómicas de desarrollo. Las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves, con sanciones económicas que van desde cientos hasta decenas de miles de euros, además de la posibilidad de cierre temporal del establecimiento en los casos más graves.
En la práctica, las inspecciones más frecuentes se producen en el momento de la renovación de la licencia de actividad, tras una denuncia o después de un siniestro. En este último caso, las consecuencias pueden ir más allá de la sanción administrativa: un incumplimiento del RIPCI acreditado puede justificar que la aseguradora discuta o deniegue la cobertura del seguro de incendios.
Preguntas frecuentes
¿Puedo hacer yo mismo la revisión trimestral de mis extintores?
Sí. La revisión trimestral puede realizarla el propio titular del establecimiento o cualquier persona que designe, siempre que deje constancia documental de la comprobación: fecha, resultado y firma. No requiere empresa habilitada. Las revisiones anuales y el retimbrado quinquenal sí requieren empresa habilitada e inscrita.
¿Cada cuánto tiempo hay que recargar un extintor aunque no se haya usado?
Si el extintor no se ha usado, no necesita recarga anual. La recarga se realiza cuando el equipo ha sido descargado (total o parcialmente), en el retimbrado quinquenal o si en la revisión anual se detecta pérdida de agente o presión insuficiente. Un extintor sin usar en correcto estado no se recarga cada año.
¿Qué pasa si mi extintor falla el retimbrado quinquenal?
Si el recipiente no supera la prueba de presión hidrostática, el equipo debe darse de baja y sustituirse por uno nuevo. No se puede parchear ni reutilizar un recipiente que haya fallado la prueba: sería un riesgo para el técnico y para el establecimiento.
¿El RIPCI obliga a tener extintores en una oficina?
El RIPCI regula el mantenimiento de los equipos. La obligación de tenerlos la establece el CTE DB-SI según el uso y la superficie del local. En la práctica, casi cualquier local comercial u oficina que haya obtenido licencia de actividad tiene la obligación de contar con extintores y de mantenerlos según el RIPCI.
En Incotex realizamos todas las operaciones de mantenimiento exigidas por el RIPCI: revisiones anuales, retimbrados quinquenales y gestión documental completa. Empresa habilitada e inscrita en el registro de Andalucía, con certificación ISO 9001. Llámenos al 952 24 31 03 o contacte en incotex.es/contacto/.




