Revisión y mantenimiento de extintores de incendios
Según normativa vigente (RIPCI R.D. 513/2017), se habrá de efectuar la revisión al menos una vez por trimestre. (Tabla II), dicha revisión consiste en:
- Comprobación del estado de la carga (peso y presión).
- Comprobación del estado del polvo agente extintor, en caso de botellín adosado.
- Comprobación de la presión de impulsión del agente extintor.
- Comprobación del estado de la manguera, boquilla o lanza, válvulas y partes mecánicas.
- Transporte a nuestros talleres y retorno.
- Colocación del Precinto de Garantía.
- Inscripción en el Libro Oficial de Registro.
- Cobertura de Responsabilidad Civil con póliza de 823.334,89 €
Retimbrado de extintores de incendios
Denominación con que se conoce la «prueba de presión» a que han de someterse tanto los recipientes principales así como a los botellines de CO2 con que van provistos algunos extintores de polvo. El retimbrado o «prueba de presión» ha de efectuarse cada 5 años a partir de la fecha de su fabricación y se grabará la fecha de dicha operación en la placa de homologación o en el mismo recipiente.
Consiste en someter a dichos recipientes a la prueba de presión establecida en la preceptiva aprobación del tipo de extintor por parte del Ministerio de Industria y Energía (B.O.E. 23-6-82, pg. 17141)
Se facilitará por parte de INCOTEX, S.L. el correspondiente Certificado de los extintores que han sido sometidos a dichas pruebas.
Recarga de extintores
La recarga es obligatoria tras cualquier uso del extintor, aunque haya sido parcial, y se incluye siempre en el retimbrado quinquenal. Un extintor parcialmente descargado pierde presión en horas sin que el manómetro lo refleje: nunca lo devuelva a su soporte sin recargar.
¿A quién prestamos servicio?
Realizamos mantenimiento de extintores para todo tipo de titulares en Málaga y provincia:
| Tipo de cliente | Lo más habitual |
|---|---|
| Locales comerciales y oficinas | Contrato anual con revisión incluida + retimbrado quinquenal |
| Comunidades de propietarios | Contrato de garaje + zonas comunes; gestión con administrador |
| Hoteles y establecimientos turísticos | Mantenimiento integral de todos los equipos PCI del establecimiento |
| Naves industriales y polígonos | Extintores portátiles + carros + sistemas fijos |
| Colegios, centros sanitarios e instituciones | Mantenimiento con certificación documental reforzada |
| Particulares y viviendas | Retimbrado y recarga de equipos domésticos |
Preguntas frecuentes
¿Cada cuánto hay que revisar los extintores?
El RIPCI (RD 513/2017) establece revisión trimestral (puede realizarla el propio titular), revisión anual por empresa habilitada y retimbrado cada 5 años. A los 20 años de fabricación el extintor debe sustituirse.
¿Puedo hacer yo la revisión trimestral?
Sí. La revisión trimestral (comprobación visual de accesibilidad, señalización, precintos y manómetro) puede realizarla el propio titular dejando constancia documental. Las revisiones anuales y el retimbrado requieren empresa habilitada.
¿Qué pasa si un extintor no supera el retimbrado?
El recipiente debe darse de baja y sustituirse. No existe reparación posible para un recipiente que falla la prueba hidrostática. Incotex gestiona la baja y la sustitución en el mismo proceso.












